Si tu empresa tiene casino o entrega almuerzo dentro de sus dependencias, la regla es aún más clara: si ocurre un accidente en ese lugar, siempre se considera laboral. Es decir, se activa la cobertura de la Ley 16.744 y puedes acudir directo a tu mutualidad con la cédula en mano para recibir atención.
¿Y si decides salir a almorzar a un restaurante cercano? Acá cubre siempre y cuando tu empresa no tenga casino, porque se considera tu hora de almuerzo y sigue siendo parte de tu jornada laboral. En ese caso, el accidente puede calificarse como “con ocasión del trabajo” y sigue siendo atendido por tu mutualidad.
Lo importante es que en estas situaciones el vínculo con tu jornada laboral permanece, y eso mantiene activa la protección del seguro. Lo único que podría sacarte de la cobertura es que el accidente ocurra en un contexto totalmente ajeno al trabajo, como una actividad recreativa alejada del horario de colación.
En resumen: la seguridad no se detiene cuando almuerzas. Si tienes casino, dentro de la empresa y si no tienes, en un restaurante cercano o camino a este… tu hora de colación también está protegida.